Portada » Pague ya el impuesto de vehículo con descuento

Pague ya el impuesto de vehículo con descuento

por Icono de Editor Nota InformativaEditor Nota Informativa
0 comentario
Pague ya el impuesto de vehículo con descuento

Descuento de hasta el 60% en el impuesto de vehículo

Aunque la cifra del 60% parece elevada, ¡es cierto!
Pague ya el impuesto de vehículo con descuento de hasta el 60% y aquí te decimos como puedes hacerlo y cuales vehículos tienen este beneficio.

Para incentivar el cumplimiento puntual, la administración municipal ha establecido fechas límite con descuentos. En el caso de Bogotá, los propietarios tienen la oportunidad de obtener un descuento del 10 por ciento en el impuesto vehicular si realizan el pago antes del 24 de mayo de 2024. Después de esta fecha, el impuesto deberá ser cancelado en su totalidad sin ningún tipo de descuento, hasta el 28 de junio de 2024, momento en el que se comenzarán a aplicar sanciones e intereses a los contribuyentes morosos.

Descuentos aplicables por tipos de vehículos:

Los descuentos que tendrá el impuesto de vehículo para el año 2024, dependerá del tipo de vehículo:

Tenga en cuenta:

  • 10% de Descuento para todos los vehículo si se paga el impuesto antes del 24 de mayo de 2024
  • Totalidad del impuesto si paga hasta el 28 de junio de 2024
  • Con sanciones e intereses después del 28 de junio de 2024

Incentivos adicionales por Tipo de Vehículo:

A partir del año gravable 2021 y hasta el 2030, se establecen en Bogotá los siguientes descuentos:

a) Los vehículos eléctricos nuevos que se matriculen en Bogotá tendrán derecho a un descuento del 60% del impuesto sobre Vehículos Automotores, por los cinco (5) años siguientes a aquel en que sea matriculado el vehículo.

b) Los vehículos eléctricos de servicio público tipo taxi, nuevos, que se matriculen en Bogotá tendrán derecho a un descuento de 70% del impuesto, por los cinco (5) años siguientes a aquel en que sea matriculado el vehículo.

c) Los vehículos híbridos eléctricos nuevos que se matriculen en Bogotá tendrán derecho a un descuento del 40% del impuesto, por los cinco (5) años siguientes a aquel en que sea matriculado el vehículo. Se excluyen de este beneficio los vehículos híbridos con gas.

d) Los vehículos eléctricos de servicio público tipo taxi, ya matriculados en Bogotá, tendrán derecho a un descuento del 70% del impuesto, por cinco (5) años, a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo 780 de 2020.

 

Valor del Impuesto de Vehículo

Para este año 2024, el valor del impuesto debe aplicarse tomando el avalúo del vehículo de la siguiente manera:

  • Vehículos valorados hasta  54,057,000 : 1.7%
  • Entre 54 millones y 121,625,000 : 2.7%
  • Por encima de 121,625,001 : 3.7%
  • Motos : 1.7%
  • Vehículos eléctricos : 1.2%
Pague ya el impuesto de vehículo con descuento
Pague ya el impuesto de vehículo con descuento

Anualmente el Ministerio de Hacienda reajusta los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998 y establece los rangos de avalúos a los cuales se aplicará la tarifa correspondiente. Para la vigencia 2024, están definidos según el Decreto 2228 del 22 de diciembre de 2023.  De acuerdo con el artículo 33 de la Ley 2199 de 2022, la tarifa del impuesto de vehículos automotores establecida en el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, tendrá 0,2 puntos porcentuales adicionales a partir de la vigencia 2023. De acuerdo con las normas descritas.

Descargue las tablas de avalúos de vehículos para la vigencia 2024

Impuesto sobre Vehículos

El impuesto de Vehículos Automotores es de carácter directo y recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados que se encuentren matriculados en el Distrito Capital de Bogotá. Este impuesto lo pagan, una vez al año, los propietarios y poseedores de vehículos.

Pague ya el impuesto de vehículo con descuento

Pague ya el impuesto de vehículo con descuento a través de tres mecanismos:

  1. Oficina Virtual de la SDH.
  2. De manera presencial, en entidades bancarias autorizadas.
  3. Por medios electrónicos (portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros).

Consulte el listado de las entidades autorizadas para el recaudo 

Canales de atención:

Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, ten en cuenta lo siguiente:

  • Los trámites y servicios de la Entidad son GRATUITOS y no requieren intermediarios.
  • Los trámites y servicios de carácter tributario tienen reserva, por lo que, para realizarlos, debes demostrar tu calidad de propietario o autorizado y adjuntar copia digital del documento de identidad; además, debes exponer de forma clara tu necesidad, identificando el impuesto y objeto sobre el cual realizas la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).

También te puede gustar

Deja un comentario

* Al utilizar este formulario usted acepta el almacenamiento y manejo de sus datos por parte de este sitio web www.notainformativa.com.

Nota Informativa

Un diario digital joven que se muestra como una alternativa nueva para recibir información de interés general

Boletin informativo

Últimas noticias

@2024 – All Right Reserved. Designed and Developed by Comunicaciones QuiRo

¿Estás seguro de que quieres desbloquear esta publicación?
Desbloquear izquierda : 0
¿Estás seguro de que deseas cancelar la suscripción?
-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00

Bloqueo de anuncios detectado

Apóyenos desactivando la extensión AdBlocker de sus navegadores para nuestro sitio web.